Calificación de la tesis de doctorado
Una vez finalizada la defensa de la tesis por parte del doctorando, el tribunal emitirá un informe sobre esta y una calificación global concedida de acuerdo con la siguiente escala: no apto, aprobado, notable y sobresaliente. El secretario/a del tribunal redactará el acta de colación del título de doctor/a, que incluirá información relativa al desarrollo del acto de defensa y la calificación.
Si el/la estudiante solicitase optar a la mención internacional del título de doctor/a, el secretario/a del tribunal incluirá en el acta de colación la certificación de cumplimiento de los requisitos exigidos. El presidente/a del tribunal comunicará en sesión pública la calificación.
El tribunal podrá otorgar la mención de cum laude a la tesis si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.
Duración de los estudios y permanencia
La duración máxima de los estudios de doctorado a tiempo completo y a tiempo parcial será, respectivamente, de tres y cinco años. Esta duración se contará desde la primera matrícula do doctorando/a por el concepto de tutela académica del doctorado hasta la presentación de la solicitud del depósito de la tesis.
La duración mínima de los estudios de doctorado será, a tiempo completo y a tiempo parcial, de dieciocho meses, que se contarán desde la admisión del doctorando/a hasta la presentación de la solicitud del depósito de la tesis de doctorado.
Si la solicitud del depósito de la tesis de doctorado no se presenta después de transcurrir el plazo establecido, la CAPD podría autorizar su prórroga, que sería de un año en los estudios de doctorado a tiempo completo y de dos años en los estudios de doctorado a tiempo parcial.
La CAPD podrá autorizar, por solicitud motivada del interesado/a, la baja temporal en el programa.
La baja definitiva de un programa de doctorado implica la imposibilidad de matrícula en el mismo programa durante tres cursos académicos. Son causas de bajas definitivas administrativas las siguientes:
Son motivos de baja definitiva de carácter docente los siguientes: